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miércoles, 6 de octubre de 2010

REUNIONES EN EL INTERIOR DE LA PROVINCIA

Se llevo a cabo el útlimo 25 de septiembre de 2010 una reunión informativa en la ciudad de Oberá, en la Facultad de Artes de la Unam, destinada a los/as colegas psicopedagogos/as de la zona Centro que tuvieran interés y necesidad de interiorizarse respecto del Colegio y su importancia para los profesionales. Además, otro de los objetivos fundamentales fue compartir inquietudes y temas relacionados a la práctica profesional de los colegas de la zona. Esta reunión, y otras que se están preparando, forman parte de una acción mayor del Colegio para impulsar espacios de encuentro entre Profesionales de la provincia como fuente de construcción de la identidad profesional y fortalecimiento del rol en las distintas localidades. Próximamente, a fines de octubre la convocatoria será similar para los colegas de la zona Norte, en una reuníon a llevarse a cabo en Eldorado.

viernes, 1 de febrero de 2008

Bienvenidos

Este es un espacio de difusión y promoción del Colegio Profesional de Psicopedagogos de la Provincia de Misiones, Argentina, en el cual tanto colegas como público en general puede obtener información diversa al respecto: función y relevancia de un Colegio Profesional, datos de nuestra sede actual, novedades en general, requisitos de inscripción, fotos de diversas actividades, etc. Su objetivo principal es ser una vía para llegar a los colegas en actividad en toda nuestra provincia, a la vez que también posibilita acercar la oportunidad de contactarnos a través de comentarios y aportes en general. Invitamos a todos los que nos visitan aquí que puedan dejarnos sus inquietudes, ideas, materiales, sugerencias, consultas, etc., con el fin de poder mejorar día a día este servicio.

jueves, 6 de abril de 2006

¿Qué es un Colegio Profesional?

Los Colegios de Profesionales son los encargados de guiar la conducta y los lineamientos de las diferentes actividades profesionales en una o mas jurisdicciones determinadas. Su cualidad distintiva respecto de otras organizaciones que también reúnen profesionales en favor de los intereses de una disciplina determinada (como las asociaciones, círculos, federaciones, etc.), es el hecho de que su facultad para disciplinar dicho ámbito la obtiene como delegación del Estado Provincial por medio de una Ley. Cada Colegio se encarga de regular su propia normativa, pero en líneas generales, los deberes y obligaciones que poseen son:

· Ejercer el gobierno de la matricula.
· Establecer el monto y la forma de percepción de las cuotas de matriculación y ejercicio profesional.
· Velar por el cumplimiento de toda la normativa.
· Entender en todo lo concerniente al ejercicio ilegal de la profesión, arbitrando en su caso, las medidas conducentes para hacer efectiva la defensa de la profesión o de sus colegiados.
· Controlar todo lo relacionado al ejercicio profesional.
· Ejercer un poder disciplinario a los matriculados y aplicar sanciones.
· Dictar el Código de Ética Profesional y el Reglamento Interno.
· Asesorar a los poderes públicos, en especial a las reparticiones técnicas oficiales, en asuntos de cualquier naturaleza relacionados con el ejercicio de la profesión.
· Asesorar al Poder Judicial acerca de la regulación de los honorarios profesionales, por la actuación en peritajes judiciales o extrajudiciales.
· Colaborar con las autoridades universitarias en la elaboración de planes de estudio, estructuración de la Carrera y, en general, en todo lo relativo a la delimitación de los alcances del título profesional.
· Realizar arbitrajes entre comitentes y profesionales, o entre estos últimos, como también contestar toda consulta que se le formule.
· Ejercer la defensa y protección de los profesionales en cuestiones relacionadas con la profesión y su ejercicio.
· Integrar organismos profesionales, provinciales y nacionales, como así mantener vinculación con Instituciones del país o del Extranjero, en especial con aquellas de carácter profesional o universitaria.
· Asumir la representación de los profesionales: ante las autoridades y entidades públicas y privadas.
· Promover el desarrollo social, estimular el progreso científico y cultural, la actualización y perfeccionamiento, la solidaridad y cohesión de los profesionales, como así la defensa y el prestigio profesional de los mismos.
· Promover y participar con Delegados o representación, en reuniones, conferencias o congresos.
· Propender al logro de los beneficios inherentes a la seguridad social de los colegiados.
· Fundar y mantener bibliotecas y editar publicaciones de utilidad profesional.
· Realizar toda otra actividad relacionada con la profesión.
A su vez el Colegiado posee diferentes derechos y obligaciones, los cuales son importantes tener en cuenta al momento de ejercer su profesión:
· Ser defendidos por el Colegio a su pedido y previa consideración de los Organismos del mismo en todos aquellos casos en que sus intereses profesionales, en razón del ejercicio de la profesión, fueran lesionados.
· Proponer por escrito o verbalmente a las autoridades del Colegio las iniciativas que considere necesarias para el mejor desenvolvimiento institucional.
· Utilizar los servicios y dependencias que, para beneficio general de sus miembros determine el Colegio.
· Colaborar con el Colegio en el desarrollo de su cometido, contribuyendo al prestigio y progreso de la profesión.
· Abonar con puntualidad las cuotas de colegiación a que obliga la presente ley.
· Cumplir estrictamente las normas legales en el ejercicio profesional, como también las reglamentaciones internas, acuerdos y resoluciones emanadas de las autoridades del Colegio.
· Integrar las Asambleas y concurrir con voz a las Sesiones del Consejo Directivo del Distrito.
El profesional que forma parte de un Colegio Profesional esta obligado al pago de una matricula, cuyo importe y forma de pago dependerá de lo que estipule dicho ente mediante la asamblea de colegiados. LA FUNCIÓN DE LA MISMA ES OTORGAR EL DERECHO DE EJERCER LA PROFESIÓN EN EL DISTRITO CORRESPONDIENTE, COMO ASÍ TAMBIÉN DE TODOS LOS DEBERES Y DERECHOS ANTERIORMENTE MENCIONADOS.
La mayoría de los profesionales cuenta con un Colegio Profesional, al que está obligado a inscribirse, a fin de poder desarrollar su actividad en forma independiente.